El juez del Centro Judicial Capital, Federico Moykens, resolvió el sobreseimiento de Naum Noé Sergio Alperovich, Daniel Pablo Alperovich y Raúl Fernando Estofan en el marco de una causa en la que estaban acusados de estafas, administración fraudulenta, falsedad material de instrumento privado, falsedad ideológica y asociación ilícita.
La decisión fue tomada en el expediente S-093538/2023, vinculado a una denuncia presentada por familiares directos del exgobernador José Alperovich, y representa un punto de inflexión en una disputa que combina intereses patrimoniales, empresariales y familiares.
La denuncia había sido impulsada en octubre de 2023 por Maximiliano, Martín y Marcela Mileguir, sobrinos del exmandatario, quienes sostenían que los imputados habían falsificado la firma de Marta León en un acta de directorio de la firma Leon Alperovich SACIFI, fechada en octubre de 2021.
Según los querellantes, esa supuesta maniobra permitió convalidar de manera irregular la adjudicación de 76 departamentos que Naum y José Alperovich habrían recibido como compensación por dividendos societarios.
Sin embargo, tras el análisis del expediente, tanto la defensa como el Ministerio Público Fiscal coincidieron en que los hechos denunciados no constituían delito penal. El fiscal Diego López Ávila avaló el pedido de sobreseimiento al considerar que existía una “no existencia de delito”, criterio que fue finalmente adoptado por el juez Moykens.
En su resolución, el magistrado rechazó los planteos de la querella y resolvió cerrar la causa en esta instancia, aunque dispuso que las costas del proceso se distribuyan por su orden, punto que será apelado por la defensa.
El caso se inscribe en un prolongado conflicto interno dentro de la familia Alperovich, que cobró mayor visibilidad pública luego de la situación judicial del exgobernador, quien actualmente cumple una condena de 16 años de prisión por abuso sexual agravado bajo arresto domiciliario en Buenos Aires.
Desde el entorno de los imputados interpretaron el fallo como un respaldo institucional contundente. “La conclusión judicial fue clara: no existió delito alguno”, señalaron, y destacaron el peso del acompañamiento del Ministerio Público Fiscal en la resolución.
Además, remarcaron que el fallo envía un mensaje sobre los límites del uso del derecho penal en conflictos privados. “Las diferencias societarias o familiares no pueden forzarse hasta convertirse en delitos inexistentes”, afirmaron.
Pese al sobreseimiento, el expediente no está completamente cerrado. La querella dejó planteada la posibilidad de apelar la resolución, mientras que la defensa avanzará para revertir la decisión sobre las costas.
De este modo, el caso podría continuar en instancias superiores, aunque el fallo de primera instancia representa un duro revés para la estrategia judicial impulsada por los denunciantes en una de las disputas familiares más resonantes de Tucumán.


