Cannabis medicinal: un matrimonio quedó en libertad tras acreditar que cultivaba para tratar a su hijo con TEA

La Justicia reemplazó el arresto domiciliario por medidas de coerción menos gravosas luego de que la defensa acreditara que la mujer había estado inscripta en el Reprocann. El cannabis, según sus abogados, era utilizado para elaborar aceite medicinal para su hijo de 20 años.


La Justicia resolvió dejar en libertad, bajo medidas de coerción de menor intensidad, a un matrimonio que había sido detenido tras el hallazgo de cannabis en su vivienda. La defensa sostuvo que las plantas y derivados eran utilizados para elaborar aceite medicinal destinado a su hijo de 20 años, quien padece epilepsia y un trastorno del espectro autista (TEA) severo.

La decisión fue adoptada por el juez Guillermo Taylor luego de que los abogados Patricio Char y Candelaria Hernández incorporaran al expediente documentación que acreditaba que Mónica Rodríguez había contado con una inscripción previa en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). Según la defensa, la autorización contemplaba el cultivo de hasta 50 plantas y actualmente se encuentra en trámite su renovación. El magistrado dispuso que las nuevas medidas de coerción tengan una duración de tres meses.

El allanamiento y la acusación por comercialización

La causa se inició el 12 de agosto, cuando efectivos policiales allanaron la vivienda de Rodríguez y Sergio Amarello, ubicada en el pasaje Zenón Santillán, en el marco de una investigación por un robo.


Durante el procedimiento se secuestraron 259 gramos de marihuana, semillas, productos y derivados de cannabis, un teléfono celular y una balanza. También fueron incautadas una pistola calibre 9 milímetros y 587 municiones de distintos calibres.

A partir de los elementos encontrados intervino la Fiscalía de Narcomenudeo, que imputó a la pareja como presuntos coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La acusación había señalado que la presencia de una balanza digital podía constituir un indicio de fraccionamiento de la sustancia con fines de venta.

En una primera audiencia, la jueza Judith Solórzano había rechazado el pedido de prisión preventiva presentado por la Fiscalía al considerar que no estaban acreditados riesgos procesales suficientes. En su lugar, ordenó siete días de arresto domiciliario mientras se profundizaban distintas medidas de prueba, entre ellas la posibilidad de que existiera una autorización para el cultivo medicinal.

La documentación del Reprocann cambió el escenario

La situación cambió durante la audiencia posterior, convocada para analizar una eventual extensión del arresto domiciliario. La defensa presentó documentación que acreditaba la aprobación del consentimiento informado de Rodríguez dentro del Reprocann.

Ante ese nuevo elemento, la auxiliar fiscal María Sol Gramajo Parache modificó el planteo del Ministerio Público y solicitó que el arresto domiciliario fuera reemplazado por medidas de coerción menos gravosas mientras continúa la investigación penal preparatoria.

El juez Taylor hizo lugar al pedido y ordenó la inmediata libertad de ambos.

Entre las restricciones impuestas se encuentran la obligación de permanecer a disposición de la Justicia, mantener un domicilio fijo, presentarse ante las citaciones judiciales y no obstaculizar la investigación. Además, deberán mantenerse a más de 200 metros de los testigos del allanamiento, no realizar actos de intimidación y tienen prohibido portar armas de fuego.

La defensa aceptó las condiciones, aunque cuestionó que deban mantenerse durante toda la investigación.

La defensa sostiene que el cannabis era para su hijo

Los abogados rechazaron la hipótesis de que la pareja comercializara aceite de cannabis y sostuvieron que el dinero mencionado por uno de los testigos correspondía exclusivamente a los costos de la materia prima utilizada para elaborar el producto medicinal.

Char remarcó además que Rodríguez ya había estado inscripta en el Reprocann y que el trámite actual corresponde a la renovación de esa autorización. A partir de ese antecedente, la defensa planteó que la situación podría incluso derivar en un eventual sobreseimiento.

Al finalizar la audiencia, el abogado sostuvo que la falta de una credencial vigente del Reprocann no debería analizarse de manera aislada cuando existen elementos que acreditarían un uso terapéutico. También señaló que el cannabis era destinado al tratamiento del hijo de la pareja y recordó que Rodríguez preside una fundación vinculada con el cannabis medicinal.

Para la defensa, además, la investigación deberá determinar si realmente existió una finalidad de lucro, ya que considera que ese elemento resulta central para configurar el delito que se les atribuye. En el peor de los escenarios, sostuvo Char, la situación podría constituir una infracción administrativa susceptible de regularización.

Mientras tanto, la investigación continuará con el matrimonio en libertad y bajo las medidas de coerción fijadas por el juez durante los próximos tres meses.