Condenan a Belo a pagar $7,7 millones a un usuario que quedó sin acceso a sus criptos durante un viaje

La Justicia reconoció daño moral y aplicó una multa por fallas en el servicio y la atención; parte de la sanción será destinada al Hospital del Niño Jesús.


La Justicia de Tucumán condenó a Belo Argentina S.A. a pagar $7.729.038 a un usuario que permaneció varias semanas sin acceso a su cuenta ni a los criptoactivos depositados en la plataforma durante un viaje familiar a Brasil.

El fallo, dictado por el juez en lo Civil y Comercial Común de la XIII Nominación, Raúl Eugenio Martín Tejerizo, encuadró el caso dentro de la Ley de Defensa del Consumidor y consideró acreditada una deficiente prestación del servicio, además de la falta de respuesta adecuada por parte de la empresa.

La sentencia fijó $3 millones por daño moral y $4.729.038 por daño punitivo. De este último monto, $2.364.519 deberán ser transferidos al Hospital del Niño Jesús, por decisión del propio damnificado. En tanto, el magistrado rechazó el reclamo por daño material.


El usuario, identificado como R., había abierto su cuenta en mayo de 2024 para administrar ahorros en criptomonedas. Según relató, planeaba utilizar esos fondos durante un viaje familiar a Florianópolis, donde pretendía pagar gastos mediante el sistema Pix.

El problema comenzó el 27 de diciembre de 2024, cuando intentó abonar un hotel y no pudo ingresar a la plataforma. El sistema exigía un código de validación que nunca llegó a su correo electrónico.

A pesar de los reiterados reclamos, el cliente sostuvo que solo recibió respuestas automáticas del asistente virtual “Belito”, sin lograr una solución durante semanas.

En ese período, además, comenzó a recibir llamadas y videollamadas por WhatsApp de supuestos representantes de la empresa que le solicitaban datos sensibles, lo que despertó sospechas de fraude. Según denunció, quienes lo contactaron conocían información personal clave, lo que hizo suponer una posible filtración de datos.

Ante la imposibilidad de acceder a sus fondos, la familia decidió interrumpir el viaje y regresar anticipadamente a Tucumán. El acceso a la cuenta recién fue restablecido el 6 de febrero de 2025, tras una medida cautelar judicial.

En su defensa, Belo negó fallas técnicas y atribuyó el problema a los filtros de seguridad del correo electrónico utilizado por el usuario, que habrían bloqueado los mensajes de validación. También sostuvo que el cliente no quedó sin recursos durante el viaje.

Sin embargo, una pericia informática determinó que el sistema no completó el envío del correo de verificación, lo que resultó clave para la resolución del caso.

El juez consideró probado el daño moral, al entender que el usuario atravesó una situación de angustia e incertidumbre al encontrarse en el exterior sin acceso a sus ahorros. Además, cuestionó la falta de atención personalizada y el tiempo de respuesta de la empresa.

Al fundamentar la multa, remarcó la gravedad de que una plataforma financiera no brinde soluciones rápidas ante problemas vinculados al acceso a fondos.

El fallo también fue destacado por la decisión de destinar parte de la sanción a una institución pública. Según se estableció, el dinero deberá ser depositado directamente en la cuenta del Hospital del Niño Jesús, generando un impacto que trasciende el caso individual.

La sentencia marca un precedente relevante sobre las obligaciones de seguridad, información y trato digno que deben cumplir las plataformas digitales que operan con dinero de sus usuarios.