La investigación por la muerte de Gabriel Sebastián Palavecino, el hombre de 32 años que falleció ahogado mientras realizaba actividad acuática terapéutica en un natatorio de Barrio Sur, dio este lunes un giro judicial clave: el Ministerio Fiscal imputó por homicidio culposo al profesor de terapia acuática y al guardavidas que debían asistirlo y controlarlo dentro de la pileta.
La acusación fue formulada este 6 de abril por la Unidad Especializada de Homicidios I, a cargo de Pedro Gallo, durante una audiencia en la que el auxiliar de fiscal Lucas Manuel Maggio detalló cómo ocurrió el hecho y por qué la Fiscalía entiende que ambos acusados incumplieron gravemente con sus deberes de cuidado.
El caso ocurrió el 19 de noviembre de 2025 en el natatorio del Instituto Nacional de Deportes (IND), ubicado en calle Congreso 669, en pleno Barrio Surde San Miguel de Tucumán. Según la acusación fiscal, cerca de las 9.30 de la mañana, Palavecino se encontraba dentro de la pileta realizando actividad física con fines terapéuticos cuando quedó sumergido, inmóvil y boca abajo durante seis minutos. Durante todo ese lapso, ni el profesor que debía asistirlo ni el guardavidas del lugar le prestaron auxilio. La situación recién fue advertida por una persona no identificada, que lo sacó del agua, pero ya era demasiado tarde.
La autopsia determinó que la causa de muerte fue asfixia por sumersión, un dato que ya había sido incorporado a la causa en los primeros meses de la investigación. Ahora, con los elementos reunidos, la Fiscalía decidió avanzar con una imputación penal concreta.
En la audiencia, el Ministerio Fiscal fue terminante al describir la conducta atribuida a ambos acusados. “Obraron negligentemente, faltando al correspondiente deber de cuidado que sus respectivos roles exigían”, sostuvieron desde la fiscalía al encuadrar el caso como homicidio culposo en calidad de coautores.
La imputación no implica por ahora una detención, pero sí la imposición de medidas de coerción de menor intensidad por seis meses, es decir, durante todo el plazo de la investigación penal preparatoria. Entre las restricciones fijadas por la Justicia se encuentran la obligación de fijar y mantener domicilio, la prohibición de realizar actos que puedan entorpecer la investigación, la obligación de presentarse cada vez que sean citados y la prohibición de salir de Tucumán sin autorización judicial.
El expediente había generado conmoción desde fines del año pasado, cuando familiares y allegados de Gabriel comenzaron a reclamar públicamente que la muerte no quedara impune. La familia sostiene desde el inicio que no se trató de una fatalidad inevitable, sino de un hecho que pudo y debió haberse evitado si el natatorio hubiese contado con el control y la asistencia que exige una actividad de este tipo, más aún tratándose de una persona con discapacidad intelectual.
De hecho, uno de los puntos más delicados del caso fue siempre el nivel de supervisión que debía tener Palavecino dentro del agua. Según se ventiló durante la investigación, el hombre había comenzado a asistir al natatorio por recomendación médica y estaba allí para una actividad de tipo terapéutica, lo que reforzaba la necesidad de una vigilancia directa y permanente.
Con el avance de la causa, además, salieron a la luz otros elementos que agravaron la situación del establecimiento. En enero de este año, la Municipalidad capitalina dispuso la clausura del natatorio del IND por falta de habilitación municipal, una irregularidad que quedó expuesta mientras todavía se investigaban las responsabilidades penales por la muerte de Gabriel. Esa medida se adoptó casi dos meses después del hecho y dejó al descubierto nuevas fallas en el funcionamiento del lugar.
La causa ahora entra en una nueva etapa: ya no se investiga solamente qué pasó, sino quiénes deberán responder penalmente por una muerte que, según la propia acusación fiscal, ocurrió en un contexto de negligencia y omisión de asistencia.
Para la familia de Gabriel, la imputación representa el primer paso concreto hacia una posible sanción judicial. Pero el trasfondo del caso sigue siendo más amplio: el debate sobre los controles reales en natatorios, la presencia efectiva de guardavidas, el cumplimiento de protocolos mínimos de seguridad y la responsabilidad de quienes tienen a su cargo personas en situaciones de vulnerabilidad.
Lo que hoy sostiene formalmente la Fiscalía es que Gabriel Palavecino estuvo seis minutos sumergido sin que nadie actuara, dentro de una pileta donde justamente debía estar cuidado. Y que esa omisión, lejos de ser un simple descuido, puede constituir un delito.




