Ricardo Ansonnaud fue procesado por presunta asociación ilícita y la causa quedó en revisión

Ricardo Ansonnaud enfrenta un embargo de $1.000 millones. La Cámara Federal deberá definir si la regularización fiscal puede frenar el proceso penal.


El empresario azucarero Ricardo Sixto Ansonnaud, vinculado al Ingenio La Trinidad, fue procesado por presunta asociación ilícita tributaria en una causa que investiga maniobras de evasión y que ahora quedó bajo análisis de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, en un escenario atravesado por el impacto de una nueva ley de regularización fiscal.

La medida fue dictada el 12 de marzo de 2026 por el juez federal Guillermo Díaz Martínez, quien lo consideró presunto jefe u organizador de una estructura destinada a eludir obligaciones impositivas. En la misma resolución, el magistrado dispuso un embargo de $1.000 millones sobre sus bienes.

En la causa también fueron procesados Santiago Gasep, Guillermo Kargachin, Fabio Seoane y Marta Fogliata, señalados como integrantes de la supuesta organización, con embargos de $700 millones cada uno.


La investigación se inició en 2018, a partir de una denuncia del organismo recaudador nacional, hoy ARCA, por presuntas maniobras de evasión tributaria, ventas de azúcar no registradas y retenciones indebidas de aportes previsionales vinculadas a la explotación del ingenio.

Según la hipótesis judicial, desde 2010 se habría conformado un entramado de sociedades —entre ellas Mijasi SRL, Azucarera del Sur SRL, Anzuc SRL, Los Chaguares SA y el Fideicomiso Azúcares del Tucumán— que operaban de manera coordinada para evadir impuestos.

Sin embargo, el avance de la causa quedó en revisión tras el dictamen del fiscal general Rafael Vehils Ruiz, quien advirtió que el procesamiento omitió analizar el impacto de la Ley 27.743, que establece un régimen de regularización fiscal con posibles efectos sobre las acciones penales.

El representante del Ministerio Público sostuvo que la normativa prevé que quienes regularicen sus deudas pueden acceder a la suspensión de la acción penal, siempre que no exista una sentencia firme, y remarcó que el decreto reglamentario incluyó a la asociación ilícita tributaria entre los delitos alcanzados.

En ese sentido, consideró que antes de avanzar con el procesamiento, el juzgado debía verificar si las obligaciones reclamadas habían sido canceladas o incorporadas a planes de pago.

La defensa de Ansonnaud, a cargo de los abogados Arnaldo Ahumada y Mario Salvo, solicitó directamente el sobreseimiento, al sostener que las deudas fiscales y previsionales ya fueron regularizadas, lo que —según plantearon— debería extinguir la acción penal en función de la ley más benigna.

Como alternativa, pidieron que se requiera a ARCA un informe actualizado sobre el estado de las obligaciones antes de tomar una decisión definitiva.

Ahora será la Cámara la que deberá resolver si confirma el procesamiento o si considera que la regularización fiscal impide la continuidad de la causa, en un caso que podría sentar un precedente clave sobre el alcance de estos beneficios en investigaciones por delitos tributarios.

Mientras tanto, el dictamen fiscal generó tensiones internas, ya que, según trascendió, organismos especializados no habrían intervenido en ese criterio y el propio ente recaudador analiza cuestionar esa postura.

La definición judicial será determinante no solo para el futuro del empresario, sino también para fijar criterios sobre el impacto de los regímenes de regularización en causas penales por delitos económicos complejos.